Quedó claro, que se necesitan la decima parte de los socios, para poder realizar la reunión, creo que es lo que dicen los estatutos, tiene que haber una persona delegada por los otros socios que lo solicitan, si no es asi, solicitaré otra reunión de la junta direcctiva y revocaré mi dimisión, y anularé la anterior junta, por sentirme coaccionado, por unos pocos socios, mandaré una carta asociaciones, si asociaciones lo ve conveniente mandará una investigación y habrá que ir al Juzgado para que un juez dictamine si ha habido coacciones, amenazas etc, la asociación estará inutilizada hasta que salga la sentencia que será dentro de un año aproximadamente, dependerá de los cargos y de la responsabilidad de cada uno, y todos los que coaccionaron tendrán que prestar declaración,ARTICULO 172 DEL codigo penal, ( El que sin estar legitimamente autorizado impidiere a otro, hacer lo que la ley no prohibe, o le competiera a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con pena de prisión de seis meses a tres años, o con multa de seis a veinticuatro meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados, aqui estan los correos con menosprecios hacía una persona y enviados en foros nacionales. Es muy sencillo, te pongo un ejemplo..lee lo que dice el socio nº.65 en acpasión zona norte.
Un saludo.
Ya no mandaré más citaciones a los socios, hasta que tenga la lista.
Un saludo.